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Art. 7. Difusión de Información Pública

Por la transparencia en la gestión administrativa que están obligadas a observar todas las Instituciones del estado que conforman el sector público en los términos del artículo 118 de la Constitución Política de la República y demás entes señalados en el artículo 1 de la presente Ley, difundirán a través de un portal de información o página web, así como de los medios necesarios a disposición del público implementados en la misma institución, la siguiente información mínima actualizada, que para efectos de esta Ley, se le considera de naturaleza obligatoria:

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Certificación de registro institucional

 

 

 

"La Defensoría del Pueblo con la finalidad de reconocer a las entidades que se encuentran obligadas a transparentar y garantizar el acceso a información pública, otorgó a la Guardia Ciudadana de Cuenca la Insignia Anual de Registro de Catastro 2022".

GUARDIA CIUDADANA DE CUENCA / Comuníquese con nosotros:
Dir: General Torres y Av. Héroes de Verdeloma. Cuenca, Ecuador
Telfs: (593 7) 4150991 / Correo electrónico: aavila@guardiaciudadanacuenca.gob.ec Canales oficiales: https://linktr.ee/guardiaciudadana